{"id":507,"date":"2011-12-24T23:05:22","date_gmt":"2011-12-24T21:05:22","guid":{"rendered":"http:\/\/xn--mozodieldesanchiigo-b4b.es\/?page_id=507"},"modified":"2011-12-24T23:13:54","modified_gmt":"2011-12-24T21:13:54","slug":"la-guerra-de-la-independencia-en-mozodiel-y-alrededores","status":"publish","type":"page","link":"http:\/\/xn--mozodieldesanchiigo-b4b.es\/?page_id=507","title":{"rendered":"La Guerra de la Independencia en Mozodiel y alrededores."},"content":{"rendered":"<p><strong>I. COMIENZO DE SIGLO. LA GUERRA DE INDEPENDENCIA<\/strong><\/p>\n<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.calzadadevaldunciel.es\/web_anterior\/historia\/sigloxix\/imagen\/welington.jpg\" border=\"0\" alt=\"Entrada de Welington en la ciudad de Salamanca\" width=\"250\" height=\"171\" \/><\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong> <\/strong>Mal termin\u00f3 el siglo XVIII, con una importante recesi\u00f3n econ\u00f3mica, aumento de precios, paro, etc. y mal comenz\u00f3 este siglo XIX. A los efectos de la crisis econ\u00f3mica del final de siglo, se uni\u00f3 una p\u00e9sima cosecha que se prolong\u00f3 durante varios a\u00f1os 1.803-1.804 y por si fuera poco, una epidemia que se extendi\u00f3 hasta el a\u00f1o 1.805, sin olvidar la guerra de Independencia contra los franceses, especialmente gravosa para todos los salmantinos y, sobre todo, para la capital y pueblos cercanos. El ej\u00e9rcito franc\u00e9s asignaba un tributo a cada municipio, en funci\u00f3n del n\u00famero de habitantes. El Ayuntamiento se encargaba de su distribuci\u00f3n entre los vecinos, lo que originaba tensiones entre los alcaldes y regidores de los ayuntamientos y los propios vecinos. La mejor manera de solventar dichos problemas era que el Ayuntamiento se encargase casi exclusivamente de dichos tributos, para lo cual tuvo que vender una parte de sus bienes. Esta es la v\u00eda que eligieron una gran parte de los pueblos de la provincia. En este sentido, he recogido algunos testimonios reflejados en las correspondientes actas notariales, que detallo a continuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 1.810, el Concejo de la Vell\u00e9s toma la siguiente decisi\u00f3n:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"89%\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>A fin de evitar la ruina de la mayor parte de los vecinos, pues agobiado con varios saqueos, tributos, camas, bagajes y otras infinitas exacciones, no pod\u00eda dar la porci\u00f3n que correspond\u00eda para el citado suministro, no vendiendo todos los bueyes y aperos de la labor que le hubiesen quedado, teniendo que dejar el pueblo y casa como ha sucedido con algunos\u2026. Por ello, pide licencia a la Justicia, Intendente y Corregidor de Salamanca, para la venta de algunas fincas.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>En virtud de este acuerdo, el Concejo de la Vell\u00e9s, a trav\u00e9s de su representante, vende varias fincas. El 6 de mayo de 1.810 se hace una relaci\u00f3n de las fincas vendidas en la Vell\u00e9s, cuya suma total asciende a 71.312 rs. Y fue s\u00f3lo el principio. Al a\u00f1o siguiente, y debido al saqueo del pueblo por las tropas francesas en su retirada hacia Toro se producen bastantes ventas m\u00e1s.<\/p>\n<p>El 26 de junio del mismo a\u00f1o, decide hacer lo mismo el Concejo de Arcediano, a la vez que la Vell\u00e9s contin\u00faa con la venta de fincas propiedad del Concejo. Aldeaseca lo hace el 13 de febrero de 1.811. Otro tanto hacen los pueblos de Sanmorales y Aldearrubia en marzo de 1.811.<\/p>\n<p>Pero a\u00fan m\u00e1s dram\u00e1tico resulta el testimonio del alcalde y regidores de los Villares de la Reina, quienes el 18 de febrero de 1.812 certifican, a petici\u00f3n del interesado,<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"582\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>la total miseria en que se halla Crist\u00f3bal Polo Velasco y la familia de su mujer Manuela Porteros y tres hijos: Juan, \u00darsula y Manuel Polo. Dice que debido a la escasez y elevado precio de los productos de primera necesidad (la fanega de trigo sube a cerca de 300 rs), se encuentran en la m\u00e1s absoluta miseria y que no ser\u00eda extra\u00f1o que cualquier d\u00eda aparecieran muertos por la falta de alimento, ya que aunque viven de la limosna de los vecinos, esta no es suficiente.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>El 11 de mayo de 1.811, la Regencia env\u00eda circular a todas las provincias dando por v\u00e1lidas todas las ventas realizadas por los pueblos hasta la fecha, siempre que su remate no fuese inferior a los 2\/3 de su valor, y las proh\u00edbe en adelante sin licencia del Consejo. Por este motivo, los municipios, reunidos en Concejo, solicitan permiso para vender fincas<\/p>\n<p>Otra referencia importante nos la ofrece el 20 de diciembre de 1.815 Antonio Pedraz, de Salamanca, por compras realizadas al Concejo de Forfoleda, para pagar los gastos ocasionados por las tropas. Transcribo textualmente casi toda el acta notarial, porque me parece de gran importancia para conocer lo que suced\u00eda en aquella \u00e9poca:<\/p>\n<div>\n<table border=\"0\" cellspacing=\"10\" cellpadding=\"0\" width=\"82%\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td bordercolor=\"#000080\">Habiendo ocupado los enemigos esta provincia, inmediatamente principiaron a exigir tan grandes contribuciones que fue preciso desprenderse (\u00bf) de sus bienes, sus habitantes. Como este era el pueblo m\u00e1s a prop\u00f3sito para hacer tr\u00e1nsitos y provisiones cuando tomaron la plaza de Ciudad Rodrigo, no es posible manifestar el n\u00famero de tropas y carruajes que aqu\u00ed se establecieron; al mismo tiempo que se iban reuniendo, iban exigiendo de los pueblos inmediatos cuanto necesitaban, de suerte que con la entrada y retirada de Portugal puede decirse, sin exagerar, que no ha habido otra provincia que m\u00e1s haya sufrido, habiendo quedado pobre y sin esperanza de restablecerse hasta pasados muchos a\u00f1os bien abundantes, cuando es bien notorio que no hab\u00eda otro pa\u00eds m\u00e1s rico ni m\u00e1s afortunado. Estos grandes trabajos pusieron a los pueblos en un estado tan abatido y lastimoso que sus vecinos se vieron precisados a deshacerse hasta de los bueyes de la labor y otros ganados de que depend\u00eda su subsistencia y la de sus familias, abandonando la agricultura y haci\u00e9ndose los m\u00e1s de ellos, unos pobres, carguilleros y jornaleros. Aunque los enemigos ve\u00edan la suerte que padec\u00edan, no por eso dejaban de hacer pedidos grandes y tan continuos que unos se alcanzaban a los otros. Si no se pagaban, sal\u00eda un destacamento, recog\u00eda seis u ocho vecinos de los pueblos m\u00e1s grandes, cuatro de los peque\u00f1os y encerr\u00e1ndolos en un sitio hediondo, los ten\u00edan sin comer hasta que pagaban y, cuando ya reunidos todos los que no lo hab\u00edan hecho, en medio de un crecido n\u00famero de tropas, los conduc\u00edan a la Real C\u00e1rcel de esta ciudad, donde los encerraban como a unos facinerosos y hasta que pagaban el todo de la contribuci\u00f3n, no sal\u00edan. De suerte que estos males hicieron que muchos honrados labradores, padres de familia, perdiesen la vida, dejando una viuda con un crecido n\u00famero de hijos, que deb\u00edan pordiosear el sustento. En un estado tan trabajoso, cruel y penoso era preciso proporcionar cuantos recursos fueran dables a efectos de hacer m\u00e1s suaves los males que aflig\u00edan a la provincia. Todos o los m\u00e1s de los pueblos vieron, que ninguno otro niega, que al enajenar los terrenos concejiles, pues por este medio se daba salida a una propiedad que en manos de un particular ser\u00eda \u00fatil y las poblaciones pod\u00edan sufrir los males de la guerra por algunos a\u00f1os, pues el enemigo era de esperar, fuese arruinado, por la injusticia con que trataba de tiranizar una potencia religiosa llena de valor y constancia. Deseando que el lugar de Forfoleda no fuese arruinado por no ser un pueblo aqu\u00ed&#8230;. (?)&#8230;como en mi propia casa y donde, si no hab\u00eda nacido, al menos donde recib\u00ed mi primera educaci\u00f3n, y donde ten\u00eda todos mis amigos, pues no dista de Monterrubio casi nada, trat\u00e9 de comprar y, en efecto, a ruego de todos los vecinos lo hice, varias porciones de terrenos en diferentes \u00e9pocas, hasta en cantidad de 94.900 rs que entregu\u00e9 y pagu\u00e9 en dinero met\u00e1lico habi\u00e9ndoseme entregado las correspondientes escrituras de venta por ante D. Mart\u00edn S\u00e1nchez Tom\u00e9, escribano de este n\u00famero, que obran en mi poder los originales. En ellas, se oblig\u00f3 el Concejo y vecinos a la evicci\u00f3n y saneamiento, ofreci\u00e9ndome pagar todos los da\u00f1os, costas, perjuicios y menoscabos que se me originen, en el caso de que, por alg\u00fan hecho, se declaren nulas las citadas ventas. Todos los vecinos me dieron infinitas gracias y dec\u00edan que no sab\u00edan con qu\u00e9 agradecerme tan grandes beneficios, pues yo era y hab\u00eda sido a quien se le pod\u00eda atribuir el que existiese Forfoleda; mis hermanos y parientes viv\u00edan llenos de satisfacci\u00f3n&#8230;&#8230; Las circunstancias dispusieron que yo me sacrificase y a mi familia por amparar a todo el citado pueblo y por este medio llegu\u00e9 a conseguir que me tratasen como a un amigo verdadero y, por lo tanto, me decid\u00ed a formar all\u00ed una buena propiedad, haciendo crecidos desembolsos y contrayendo grandes d\u00e9bitos. Se fueron los enemigos y al instante form\u00e9 y establec\u00ed una buena labor que envidiaban todos cuantos la ve\u00edan. Cuando esperaba que todos los expresados continuasen en los mismos agradecimientos, me vi demandado judicialmente para arrancarme una propiedad que tanto dinero, desvelo, trabajo y fatigas me hab\u00eda costado, no dejando de valerse de todo recurso hasta que lo consiguieron, contra todo derecho.<br \/>\nPor ello, nombro procurador para que me represente ante el Consejo de Castilla y dem\u00e1s tribunales de la Corte o, por lo menos, se me devuelva el dinero, ya que las \u00faltimas reales \u00f3rdenes declaran nulas dichas ventas<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Las compras realizadas por este se\u00f1or en Forfoleda se reducen a unos \u201cpocos prados\u201c, que son los siguientes:<br \/>\n&#8211; Valdebotija, 30 huebras y 237 estadales<br \/>\n&#8211; Las Cochinas, 22 h y 143 estadales. Este y el anterior, por 31.200 rs<br \/>\n&#8211; Val de caraValverd\u00f3n, dividido por el camino de Valverd\u00f3n, que hace 13,5 fanegas, por 8.100 rs<br \/>\n&#8211; Val de remusgoso, de 14,5 h, por 8.700 rs<br \/>\n&#8211; Prado redondo y los Labajos, atravesados por el c\u00ba Salamanca, entre ambos; hacen 5h y 4,5 celemines, por 3.225 rs<br \/>\n&#8211; La Silva y Val de gomete, de 27 h y 4,5 celemines, por 16.375 rs<br \/>\n&#8211; Val de S. Gregorio y Val de Salinares, de 26 h, por 15.600 rs<br \/>\n&#8211; Val de Juan del Rey y la Vega, de 19 h, por 11.400 rs<br \/>\n&#8211; Ocho pedazos de prado a los sitios de: Val de el lira, val de urtado, val de zamorano, val de los alunados, valde Peregimena, el ersal (erial?), a la ontanica y el Budillo (Rudillo?), pegado a la Silva. Todo hace 19 fs, por 11.400 rs<\/p>\n<p>Total: 197 fanegas de prado, a 600 rs la fanega, 118.200 rs. Claro que luego le arrend\u00f3 los pastos al Concejo de Forfoleda<\/p>\n<p>Es cierto que por Real Decreto, y con algunas limitaciones, fueron declaradas nulas las ventas de fincas realizadas en este periodo. Diremos que no es justo, pero tampoco lo es que sean los labradores y los poseedores de productos para las tropas los que carguen con esa obligaci\u00f3n, vi\u00e9ndose en la necesidad de vender a cualquier precio para poder sobrevivir. Quiz\u00e1 la soluci\u00f3n tomada por el Gobierno fuera la menos injusta y, por supuesto, la menos traum\u00e1tica. A\u00fan as\u00ed, no creo que esta deuda dejara en la ruina a Antonio Pedraz, a juzgar por el acta de 23 del mismo mes y a\u00f1o de 1.815 en la que reclama al ej\u00e9rcito 40.314 rs en concepto de raciones de pan que en 1.812 suministr\u00f3 a la divisi\u00f3n al mando de D. Carlos de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>El Concejo de Castellanos de Villiquera, el 1 de mayo de 1.812, vende<br \/>\n&#8211; Un pedazo del prado de la cera, de 4,5 fs<br \/>\n&#8211; Un pedazo del Juncal, de 3,5 fs<br \/>\ntasado en 7.300 rs y adjudicado a Fco Pedraza, de Salamanca, por 5.943,24 rs, m\u00e1s cierto agasajo a los concurrentes. Todo ascendi\u00f3 a 6.090 rs.<br \/>\nFue el \u00fanico y mayor postor<img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.calzadadevaldunciel.es\/web_anterior\/historia\/sigloxix\/imagen\/granhazanha.gif\" border=\"1\" alt=\"Los Desastres de la Guerra (Goya)\" hspace=\"5\" vspace=\"5\" width=\"250\" height=\"189\" align=\"right\" \/><\/p>\n<p>La realidad de que fueron los labradores los que corrieron con la mayor parte de los gastos de la guerra nos la ofrece la siguiente acta, que recoge una demanda entre arrieros y labradores en la Vell\u00e9s. Transcribo lo que recuerdo a posteriori, pues no copi\u00e9 el acta en el momento de leerla:<br \/>\nEl ej\u00e9rcito franc\u00e9s exige al pueblo de la Vell\u00e9s una contribuci\u00f3n de muchas fanegas de trigo y cebada (creo recordar que miles) y dinero en met\u00e1lico. El cura de la Vell\u00e9s va a ver al General franc\u00e9s a Salamanca y le dice que son ya muchas las exacciones a que han sido sometidos los habitantes del pueblo y que ya no pueden pagarlo, por lo que da orden al Jefe del destacamento situado en la Vell\u00e9s que le exija esa contribuci\u00f3n a los arrieros y gente pudiente, que se niegan. Son encerrados en un corral, bajo una tenada frente al destacamento, hasta que paguen. El cura intercede y comunica a los encerrados la intransigencia del jefe de destacamento, de modo que terminan pagando lo exigido (creo recordar que son los labradores los que aportan el grano en el mes de agosto, que era la mayor parte de la contribuci\u00f3n, y los arrieros el dinero, como tambi\u00e9n el cura)<br \/>\nCon esta fecha, 22 de diciembre de 1.817, los arrieros demandan al Concejo de la Vell\u00e9s exigiendo el pago o devoluci\u00f3n de aquella contribuci\u00f3n pagada por ellos. Los labradores dicen que despu\u00e9s de aquello, los arrieros desaparecieron del pueblo y algunos se fueron a Salamanca, mientras que los labradores se quedaron y tuvieron que seguir pagando las contribuciones que les iban exigiendo los franceses. En cambio, los arrieros no s\u00f3lo no pagaron nada m\u00e1s, sino que tuvieron la oportunidad de hacer dinero al prestar sus servicios a ambos ej\u00e9rcitos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de este tipo de necesidades, se pod\u00edan encontrar otras, a\u00f1adidas a las anteriores. Por ejemplo, el 5 de octubre de 1.810 afirma un vecino de Mata de Armu\u00f1a:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"587\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Habi\u00e9ndose repartido a la Mata de Armu\u00f1a varios carros para el servicio de las tropas espa\u00f1olas, correspondi\u00f3 hacerlo a Pedro Gonz\u00e1lez y Fco Alonso, vecinos de la Mata. Estando en la villa de Alba de Tormes con otros carreteros y bagajeros, se aproximaron los ej\u00e9rcitos franceses y de resultas parece que se perdieron dos reses y un carro, por lo que solicitan su pago al Corregidor. Este se lo niega diciendo que corresponde al pueblo, que tambi\u00e9n se niega, por lo que nombra procurador para esta causa<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>El 3 de enero de 1.853, varios labradores del Arrabal de la Puerta de Zamora reclaman da\u00f1os en los sembrados producidos por las tropas del ej\u00e9rcito brit\u00e1nico en los \u00faltimos d\u00edas de mayo de 1.813, con la \u00faltima entrada que hicieron en esta ciudad y en los d\u00edas en que estuvieron acantonadas en la misma las de la Caballer\u00eda pesada o de la Guardia Real.<br \/>\nEstas actas notariales se refieren a algunos pueblos de Salamanca, bastante cercanos, como la Vell\u00e9s. Hay otras relativas a pueblos m\u00e1s lejanos, como el saqueo por parte de las tropas francesas de la Iglesia de Yecla de Yeltes. No hay motivo para pensar que en Calzada no sucediera algo similar. Con seguridad que este pueblo tambi\u00e9n sufri\u00f3 bastantes necesidades a cuenta de dicha guerra. La ciudad de Salamanca fue invadida tres veces por las tropas francesas, que la ocuparon en los siguientes periodos:<\/p>\n<ul>\n<li>De enero a julio de 1.809,<\/li>\n<li>de diciembre de 1809 a junio de 1.812<\/li>\n<li>desde noviembre de 1.812 a mayo 1.813<\/li>\n<\/ul>\n<p>Y entre un intervalo y otro estaban las tropas espa\u00f1olas e inglesas, a las que tambi\u00e9n hab\u00eda que alimentar y vestir. Y pagar impuestos a unos y a otros.<br \/>\nNo podemos olvidar la referencia hecha por Agust\u00edn en el preg\u00f3n de Sta Elena el a\u00f1o 1.992 en la que el pueblo de Calzada en 1.810 solicita un pr\u00e9stamo de 3.761 rs al Obispado empe\u00f1ando para ello la Cruz procesional de plata,\u00a0<span style=\"color: #800000;\">debido a las grandes necesidades que pasa el pueblo por el continuo tr\u00e1nsito de tropas acantonadas en Salamanca<\/span>.<\/p>\n<p>El 20 de enero de 1.810, en Concejo p\u00fablico, como es costumbre, con la asistencia de las personas que se citan: alcalde, regidores y vecinos de Calzada (en total unos 80), dicen que:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"10\" cellpadding=\"0\" width=\"616\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td bordercolor=\"#000080\">Al hallarse el pueblo en el mayor apuro, por no tener medios para satisfacer la considerable suma de 84.345 rs a que ascienden los pedidos de trigo y cebada, reses y otros art\u00edculos que se hab\u00edan hecho al pueblo por las tropas, incluidos 15.480 rs importe de 22 bueyes y 13 carros de particulares que se han perdido y extraviado en los diferentes tr\u00e1nsitos, a que los ha llevado de bagajes, pues de 750 fs de cebada y 1.173 de trigo pedidas, reguladas aquellas a 25 rs y estas a 30 \u00f3 31 rs suministrados y gastados en el pueblo, valorados en 15.225 rs. La mitad de los granos de ambas especies han sido entregados de los que pertenecen pagante a varios se\u00f1ores interesados o due\u00f1os de terreno aforado y lo dem\u00e1s se tiene que traer a esta ciudad para completar los pedidos susodichos que de ning\u00fan modo podr\u00e1 realizarse ni el pago de dicha mitad a los se\u00f1ores acreedores ni hacerse con el resto para completar el suministro pedido por falta de medios a causa de que la penuria de los tiempos y las malas cosechas han puesto a este vecindario en la mayor miseria y calamidad, a menos que se conceda la competente licencia para enajenar y vender 80 \u00f3 100 fs de tierra de labor llamadas los qui\u00f1ones concejiles, situadas en el t\u00e9rmino del propio lugar, con cuyo importe se podr\u00e1 pagar a los acreedores y acabar de comprar lo que falta para completar los pedidos, satisfacci\u00f3n a los due\u00f1os de las reses suministradas y a los de las perdidas a \u2026\u2026.. de carros y bueyes, en lo que no s\u00f3lo lograr\u00eda el pueblo un grande beneficio, sino que el servicio p\u00fablico y principal atenci\u00f3n de las tropas se ver\u00eda realizado sin gravar al pueblo y pobres particulares, que si se tuviera que exigir por repartimiento, no podr\u00eda juntarse el total ni quedar\u00eda vecino alguno sin la m\u00e1s absoluta ruina. Por lo mismo y para entablar el\u2026. Que al intento puedan convenir por mando y medio del Sr Intendente de dicha capital y provincia, otorgaban que deben y confer\u00edan poder a Jos\u00e9 Riesco Herrero y Jos\u00e9 Valle, alcalde y procurador de este nuestro pueblo para que en nombre y representaci\u00f3n de todos los vecinos se presente ante el Sr Intendente y solicite se les conceda la competente licencia para la enajenaci\u00f3n y venta de la dicha porci\u00f3n de tierra de qui\u00f1ones para atender con su importe a los fines mencionados\u2026\u2026<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Es la v\u00eda seguida por algunos pueblos: vender terreno aforado, qui\u00f1ones. No debemos olvidar que los Concejos no son due\u00f1os de tales qui\u00f1ones, por lo que parece imposible que pudieran realizar su venta. Sin embargo, lo que hac\u00edan era gravar el foro o censo del resto de los qui\u00f1ones no vendidos para compensar el que no reciben por estos. El due\u00f1o del terreno aforado recibir\u00eda el mismo censo, que al fin y al cabo es lo que importaba.<br \/>\nUn a\u00f1o m\u00e1s tarde de la firma del acta anterior, el 14 de octubre de 1.811, aparece una demanda de todos o casi todos los vecinos de Calzada contra Jos\u00e9 Valle\u00a0<span style=\"color: #800000;\">sobre los maraved\u00edes que le pide el Concejo, pues dice que ha tenido en su casa toda la oficialidad de los destacamentos que ha habido en dicho pueblo de Calzada y que tiene adelantado por el mismo Concejo tambi\u00e9n en los a\u00f1os 1.809 y 1.810<\/span><br \/>\nAl mes siguiente, Jos\u00e9 Valle reclama al Concejo la cantidad de 1.700 rs que afirma adeudarle el Concejo de Calzada, por la causa antes indicada, a raz\u00f3n de 10 rs diarios, como dice que estipul\u00f3 el Concejo<br \/>\nNo he encontrado ninguna finca vendida en virtud del acuerdo anterior de 20 de enero de 1.810. Seguramente, alguna se vendi\u00f3.<br \/>\nEl 24 de abril de 1.812, Baltasar Escribano y Fco Santos, alcalde y procurador s\u00edndico personero, respectivamente, de Calzada, dicen que:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Hall\u00e1ndose el vecindario tan agobiado con las continuas cargas y contribuciones que se le han impuesto y est\u00e1n imponiendo para el suministro de las tropas en esta capital como para las transe\u00fantes por el mismo pueblo y puntos inmediatos donde se colocan y establecen destacamentos que apenas pueden ya subsistir cuanto m\u00e1s para atender a lo sucesivo a cubrir sus cupos, no teniendo otros medios ni arbitrios de que hacerlo para evitar los apremios militares y extorsiones que los mismos soldados les causaron en sus cortos bienes que les han quedado y los que resultar\u00e1n contra las mismas personas de uno y otro sexo que el de enagenar algunas fincas concejiles, acordaron un\u00e1nimemente todos los vecinos juntarse en p\u00fablico ayuntamiento, seg\u00fan costumbre y tratar en \u00e9l lo que fuese m\u00e1s conveniente para salir de tan tristes apuros. Y convinieron se enagenaran algunas fincas concejiles para atender con sus importes a las cargas y contribuciones que se les est\u00e1n pidiendo y conferir poder en forma para hacer el ajuste y convenio con que pudiesen concertarse para otorgar a su favor la correspondiente escritura o escrituras de venta seg\u00fan que todo ello m\u00e1s por menor consta del poder que sigue: \u2026<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Reunido el concejo de Calzada, con la mayor\u00eda de sus vecinos, acuerdan dar poder a Baltasar Escribano y Fco Santos para realizar esta venta en nombre del Concejo.<br \/>\nAs\u00ed, vende 3 tierras concejiles a Antonio Pedraz y esposa Bernabela Isidro:<br \/>\n&#8211; Corderas, 3h y 246 estadales, de 1\u00aa calidad<br \/>\nE: Beneficio de Calzada, S: Q\u00f1, N: Cabildo, W: Q\u00f1<br \/>\n&#8211; Rodera, 3h y 320 estadales, 1\u00aa calidad<br \/>\nE: Colegio extinguido de los \u00c1ngeles, S: mayorazgo Fco Ord\u00f3\u00f1ez, que administra D. Fco Moral, N y W: Q\u00f1<br \/>\n&#8211; Prado a los praizales, 1h y 194 estadales, calidad de prado<br \/>\nE: Penitencia, S: mayorazgo del marqu\u00e9s de la Liseda, que administra el citado Moral, N: Jos\u00e9 Riesco Terrero, W: colegio extinguido de los \u00c1ngeles<\/p>\n<p>Por un precio de 10.680 rs, a raz\u00f3n de 1.200 rs la fanega<\/p>\n<p>D\u00edas despu\u00e9s, se venden 2 tierras y un prado, todo hace 6,5 fs en Calzada a Antonio Pedraz, a 1.450 rs la fanega, ajustado y convenido con Jos\u00e9 Riesco Herrero, vecino y arrendatario del despoblado de Casablanca:<br \/>\n&#8211; c\u00ba ace\u00f1a, 2h y 326 est.<br \/>\nE: c\u00ba ace\u00f1a, S: marqu\u00e9s de Liseda, W: Concejo, N: Mesa Capitular de Santiago<br \/>\n&#8211; praizales, 2 h y 243 est.<br \/>\nE: Vicente M\u00e9ndez,\u00a0<strong>Mozodiel<\/strong>, S: Concejo, W: Col. Extinguido los \u00c1ngeles, N: col. Extinguido de M\u00ednimos, extramuros de Salamanca<br \/>\n&#8211; prado de Aldeanueva, 1h y 31 est.<br \/>\nE: prado Felipe Garc\u00eda, S: arroyo que baja de Aldeanueva, W: c\u00ba Topas, N: t. monjas del Corpus<br \/>\nDicho Jos\u00e9 Riesco las traspasa a Antonio Pedraz por 9.425 rs<\/p>\n<p>El 29 de mayo de 1.812, se produce la venta de 4 tierras concejiles en Calzada a Antonio Pedraz, todas por 12.000 rs, las tres enunciadas anteriormente y la que sigue:<br \/>\n&#8211; Pizarra, 1.312 est, I<br \/>\nE:\u00a0<strong>Isabel<\/strong> Tard\u00e1guila, de\u00a0<strong>Mozodiel<\/strong>, S y N: Jos\u00e9 Blanco, W: Mitra<\/p>\n<p>Antonio Pedraz realiz\u00f3 compras tambi\u00e9n en Aldeaseca, Valdelosa y los Villares, al menos. No me extra\u00f1ar\u00eda que hiciera tambi\u00e9n numerosas compras en la Vell\u00e9s y otros pueblos. Y todo sali\u00f3 de la venta de raciones de pan a las tropas<br \/>\nNo obstante, los gastos ocasionados por las tropas fueron origen de varios problemas entre los vecinos de Calzada. Por ejemplo, el 8 de octubre de 1.808, Catalina Ramiro, esposa de Jos\u00e9 Valle, de Calzada, dice que el a\u00f1o pasado en que su marido fue alcalde, parece que en las cuentas que tuvo a su cargo por todos, se le hizo responsable de cierta cantidad de maraved\u00edes, a cuyo pago, por decisi\u00f3n de esta Intendencia, ha procedido la Junta actual por embargo general de todos sus bienes, sin excepci\u00f3n: sembrados, ganados de labor, cuya venta, previa tasa se trata de ejecutar si ser ajustada a su verdadero valor. Nombra procurador para que se le devuelvan los bienes dotales porque no deben ser embargados.<br \/>\nEl acta que sigue nos da una idea del coste de la guerra en el pueblo de Calzada<img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.calzadadevaldunciel.es\/web_anterior\/historia\/sigloxix\/imagen\/rapto.jpg\" border=\"1\" alt=\"Los Desastres de la Guerra (Goya)\" hspace=\"5\" vspace=\"5\" width=\"250\" height=\"203\" align=\"right\" \/><\/p>\n<p>El 7 de enero de 1.821 convocado el Concejo a campana ta\u00f1ida, como es costumbre, el Ayuntamiento y vecinos que se citan (todos, salvo algunos enfermos e impedidos) dicen:\u00a0<span style=\"color: #800000;\">Que entre 1.808 y 1.814 entregaron a las tropas el equivalente a 123.444 rs y 33 maraved\u00eds que el Concejo quiere cobrar para dedicarlo a pagar sus d\u00e9bitos. Por ello, nombran a Jos\u00e9 Ramiro como representante del pueblo en esta tarea<\/span><\/p>\n<p>D\u00edas despu\u00e9s, este representante confirma la deuda del ej\u00e9rcito para con el pueblo de Calzada:<br \/>\n<span style=\"color: #800000;\">Seg\u00fan resulta de los bonos entregados por los respectivos jefes de dichas tropas y de la liquidaci\u00f3n hecha, que se remitieron a la Contadur\u00eda general del ej\u00e9rcito para su nueva liquidaci\u00f3n\u2026Para practicar las diligencias tendentes al cobro, se da poder a D. Diego Miguel D\u00edez, procurador de causas de Valladolid<\/span><br \/>\nAlgo debi\u00f3 cobrar, pues el 9 de febrero de 1.824, reunidos por una parte: Antonio Riesco, Casiano Ledesma, Manuel Fonseca, Jos\u00e9 Herrero, Agust\u00edn Riesco, Juan Ignacio Andr\u00e9s, Andr\u00e9s Villanueva y Jos\u00e9 Ramiro, vecinos de Calzada y de otra parte: Jos\u00e9 Rinc\u00f3n, de la Mata de Armu\u00f1a y Juan Baquero, de Castellanos de Villiquera. Dicen que:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"10\" cellpadding=\"0\" width=\"588\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Que por el poder que obtuvieron los dos \u00faltimos de los Concejos de la Mata, Valdunciel, Carde\u00f1osa, Topas, Villanueva de Ca\u00f1edo, Ca\u00f1edino, Huelmos, Santib\u00e1\u00f1ez, Casablanca, S. Pelayo, Palacinos, Forfoleda, Valverd\u00f3n, Valcuevo y Castellanos de Villiquera para reclamar de los vecinos de Calzada la cantidad de 10.500 rs que al Concejo de este pueblo le fueron abonados en la tesorer\u00eda de esta provincia por los suministros que hab\u00edan hecho a las tropas, exigi\u00e9ndolos antes de los pueblos asociados de que va hecho m\u00e9rito, con cuyo motivo, el a\u00f1o pasado de 1.821 por los citados apoderados se acudi\u00f3 al Juzgado de 1\u00aa Instancia de Ledesma solicitando el reintegro de los 10.500 rs en virtud de la escritura que los comparecientes otorgaron en 21 de setiembre de 1.821, el que se sigui\u00f3 hasta la citaci\u00f3n de remate, y como luego, por el actual Gobierno ha quedado sujeto el pueblo de Calzada a la jurisdicci\u00f3n del Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad, se acudi\u00f3 a este por testimonio del presente Escribano y fue expedida contra dicho Antonio Riesco y consortes la correspondiente ejecuci\u00f3n embarg\u00e1ndoles bienes, y dados que fueron los pregones, por parte de estos se hizo oposici\u00f3n, haciendo cierta prueba en cuyo estado unos y otros otorgantes por s\u00ed y como tales apoderados propusieron medio de transacci\u00f3n relativa a que en lugar de los 10.500 rs que se reclamaban, quedase reducida la deuda a la de 7.350 rs pag\u00e1ndose en los plazos y t\u00e9rminos que m\u00e1s adelante se expresar\u00e1n y con efecto, dado el correspondiente parte por los apoderados a los Concejos asociados, estos han venido en acceder a dicha transacci\u00f3n en virtud de los poderes que se unir\u00e1n al expediente de que va hecho m\u00e9rito y a mayor abundamiento por el de Valdunciel, donde se celebr\u00f3 el convenio; Forfoleda y la Mata asistieron a \u00e9l y se formaliz\u00f3 seg\u00fan resulta extensamente del documento que sigue: \u2026\u2026<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>El documento que se inserta recoge el compromiso de pagar 7.350 rs en lugar de los 10.500 rs, por parte de los vecinos de Calzada, antes dichos en los t\u00e9rminos siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>3.200 rs en el acto, que yo como escribano doy fe<\/li>\n<li>4.150 rs repartidos del siguiente modo: 2.000 para el 15 de abril pr\u00f3ximo y 2.150 rs para el 30 de agosto<\/li>\n<\/ul>\n<p>Parece que los vecinos de Calzada entienden que son los representantes del Ayuntamiento los que se han quedado con el dinero, pues Agust\u00edn Riesco, Manuel Fonseca y Casiano Ledesma dan poder, porque dicen que por Eusebio Ramiro, Juan Aguadero y Manuel G\u00f3mez, en nombre del pueblo, se les ha demandado reclamando 3.505,30 rs que dicen deber al Concejo y vecinos de dicho pueblo, correspondientes a los a\u00f1os en que han sido alcaldes, por las cuentas de sus mandatos<br \/>\nLa respuesta a esta denuncia contra el Concejo de Calzada, puede ser la siguiente acta, de fecha 9 de abril de 1.826, en la que Eusebio Ramiro, Juan Aguadero y Manuel G\u00f3mez dicen que:<br \/>\n<span style=\"color: #800000;\">En los a\u00f1os pasados de 1.819 y 1.820 se les acusa de que est\u00e1n adeudando al com\u00fan y vecinos de Calzada, varias cantidades procedentes de suministros hechos y que le fueron abonados por esta tesorer\u00eda, de cuyas cantidades otorgaron la correspondiente obligaci\u00f3n y no habiendo concluido dicho adeudo, el Concejo dio facultades a los comparecientes para que reclamasen dicho adeudo<br \/>\n<\/span>(El Concejo les concede poder de representaci\u00f3n a ellos quienes, en este protocolo, nombran procurador para este caso).<br \/>\nY ya en junio de 1.827, deciden zanjar al asunto: Manuel G\u00f3mez, alcalde, Juan Aguadero y Eusebio Ramiro, vecinos de Calzada, apoderados del Concejo, exhiben el siguiente poder:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"635\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Manuel G\u00f3mez, Juan Aguadero y Eusebio Ramiro, por una parte y Manuel Fonseca, Agust\u00edn Riesco y Casiano Ledesma por otro, dicen que en el tribunal del alcalde mayor de Salamanca, se sigue expediente promovido por los primeros en nombre y representaci\u00f3n del Concejo contra los segundos sobre pago de 3.505,63 rs, procedentes del alcance de cuentas en que fueron alcaldes dichos Manuel Fonseca y Casiano Ledesma en 1.819 y en 1.820 lo fue Agust\u00edn Riesco. Dado que es un litigio complicado y de dudoso \u00e9xito, del que se seguir\u00edan grandes perjuicios para todos y enemistades entre convecinos, han decidido nombrar a 2 se\u00f1ores jueces \u00e1rbitros que determinen sobre este asunto. Nombran al Ldo D. Bartolom\u00e9 Sol\u00eds Barrag\u00e1n y al Dr. D. Toribio Parfondri, del Gremio y Claustro de esta Real Universidad, ambos abogados del Colegio de esta ciudad, el 1\u00ba nombrado por el Concejo y vecinos y el 2\u00ba por los otros\u2026., que dictaminar\u00e1n en el plazo de 2 meses, a contar desde la notificaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>A juzgar por las estafas y enga\u00f1os que hubo en los cobros de estos suministros, dudo mucho que el pueblo de Calzada cobrase los suministros reclamados. Quiz\u00e1 tuvo que conformarse con los 10.000 rs a los que nos hemos referido anteriormente, repartidos entre los pueblos citados. Como le sucedi\u00f3 a La Mata de Armu\u00f1a, que en septiembre de 1.842 firma un acta en la que dice:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"629\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>El alcalde, regidor y procurador s\u00edndico de La Mata da poder a Fco Javier Gonz\u00e1lez para que active la liquidaci\u00f3n de suministros a las tropas en tiempos de la guerra de Independencia, que se hizo por reparto vecinal y habi\u00e9ndose presentado en tiempo legal, no se ha recibido contestaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Quiz\u00e1 fuera una casualidad que algunos de los grandes compradores en las desamortizaciones posteriores fueron intermediarios en el cobro de estos suministros. Me pregunto si tambi\u00e9n es casualidad que a primeros de marzo y abril de 1.817 y primeros de enero de 1.818, varios pueblos de Salamanca solicitaron pr\u00e9stamos de granos a personajes antes citados, Fco Pedraza y Fco Javier Gonz\u00e1lez. Es cierto que todos los a\u00f1os hay pr\u00e9stamos de granos a labradores, pero estos dos a\u00f1os no fueron los pr\u00e9stamos habituales de granos. Se concentraron en unos pocos pueblos y en una cuant\u00eda nada normal y que detallo a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p><strong>Pr\u00e9stamos concedidos por Fco Pedraza en 1.817<\/strong><\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"0\" cellpadding=\"0\" width=\"487\" bgcolor=\"#99CCFF\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\"><strong>fecha <\/strong><\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\"><strong>Municipio <\/strong><\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\"><strong>Fanegas de garrobas <\/strong><\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\"><strong>Precio por fanega (rs)<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">6 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Castellanos de V.<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">25<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">11 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Villares<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">16<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">15 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Villaverde<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">11<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">17 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Parada de Arriba<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">5<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">18 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Barbadillo<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">18<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">20 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Calzada de Valdunciel<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">17<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">42<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">23 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Arcediano<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">6<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">43<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">27 de marzo<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Castellanos de V.<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">8<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">1 de abril<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Villares<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">16<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">1 de abril<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Carbajosa de la S.<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">12<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">8 de abril<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Parada de Arriba<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">3<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"93\" bordercolor=\"#6699FF\">19 de abril<\/td>\n<td width=\"155\" bordercolor=\"#6699FF\">Carbajosa de la S.<\/td>\n<td width=\"96\" bordercolor=\"#6699FF\">27,5<\/td>\n<td bordercolor=\"#6699FF\">44<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>M\u00e1s cuantiosos son a\u00fan los pr\u00e9stamos de granos producidos en 1.818:<\/p>\n<p><strong>Pr\u00e9stamos concedidos por Fco Javier Gonz\u00e1lez el 7 de enero de 1.818<\/strong><\/p>\n<div>\n<table border=\"0\" cellspacing=\"0\" cellpadding=\"0\" width=\"57%\" bgcolor=\"#99CCFF\">\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong> <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong>N\u00ba de pr\u00e9stamos <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Fanegas de trigo<\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Fanegas de garrobas<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Calzada de V. <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 12 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 314 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 175<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Castellanos <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 5 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 173 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 99<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Forfoleda <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 1 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 24 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> <\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Villamayor <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 3 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 84 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 24<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Valverd\u00f3n <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 8 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 115 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 22<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Muelas <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 2 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 27 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 53<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"107\" bordercolor=\"#008000\"><strong>Pino <\/strong><\/td>\n<td width=\"82\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 1 <\/strong><\/td>\n<td width=\"80\" align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 108 <\/strong><\/td>\n<td align=\"center\" bordercolor=\"#008000\"><strong> 13<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Hay otros pocos pueblos que recibieron granos prestados en este mismo mes, aunque de otros prestamistas. En ning\u00fan caso se aproximan a las cantidades prestadas por este se\u00f1or a los labradores de los municipios expresados en la tabla anterior. Los pueblos que reciben estos pr\u00e9stamos de granos son: Aldeatejada, Monterrubio,\u00a0<strong>Mozodiel<\/strong>, Tard\u00e1guila\u2026A la vista de estos datos hay dos cosas que me llaman poderosamente la atenci\u00f3n:<br \/>\n&#8211; La cercan\u00eda a Calzada de todos estos pueblos. Ello hace considerar la posibilidad de una cat\u00e1strofe local muy restringida que arruin\u00f3 las cosechas de la zona en 1.817.<br \/>\n&#8211; La gran cantidad de garrobas que se piden en Calzada, Castellanos y Florida de Li\u00e9bana (vulgo, Muelas), comparado con el resto de los pueblos<\/p>\n<p>Antes afirmaba que las ventas realizadas por los Ayuntamientos para pagar los gastos de guerra fueron declaradas nulas<br \/>\nEl Real Decreto al que antes alud\u00eda es de fecha 21 de diciembre de 1.821 y declaraba nulas las ventas de propios, comunes y bald\u00edos hechas por los pueblos que no reuniesen las condiciones<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"592\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>&#8211; justa causa de necesidad para atender las urgencias de la guerra;<br \/>\n&#8211; tasaci\u00f3n pericial previa de su valor en renta y venta;<br \/>\n&#8211; subasta p\u00fablica<br \/>\n&#8211; precio de remate igual o superior a los 2\/3 de su tasaci\u00f3n.<br \/>\nTodas aquellas en que hubiese intervenido \u2018dolo o fraude\u2019 se devolver\u00edan a los pueblos, valid\u00e1ndose el resto, y facultando a los ayuntamientos para cubrir sus d\u00e9ficits, para repartir terrenos, cerrar tierras de pan llevar, acotar pastos comunes o plantar vi\u00f1as con el debido expediente.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Acogi\u00e9ndose a este Real Decreto, los Concejos de Castellanos de Villiquera, Forfoleda y Calzada, como seguramente muchos otros, demandaron a los que les compraron tierra durante la guerra con los franceses.<br \/>\nYa hemos visto la demanda de Forfoleda, cuyo resultado, posiblemente parcial, fue la devoluci\u00f3n en abril de 1.821, de los prados de Labajos, Redondo y Cochinas, por 16.400 rs a pagar en 7 a\u00f1os, desde 8-9-1821 hasta 1.827, a raz\u00f3n de 2.342,29 rs al a\u00f1o.<br \/>\nEn abril de 1.827, tras el litigio abierto entre Vicente Montes y el Concejo de Villamayor por compra que hizo al Concejo para la roturaci\u00f3n del prado de las Herradas y el Salinar, para subvenir los gastos ocasionados por la guerra de Independencia. Al haberse declarado nulas, el Concejo acuerda devolverle el dinero pagado m\u00e1s los gastos, costas y perjuicios. Total: 11.950 rs a pagar:<br \/>\n2.500 rs en este acto<br \/>\n3.000 rs el 8-9-1.827<br \/>\n3.300 rs el 8-9-1.828<br \/>\n3.150 rs el 8-9-1.829<\/p>\n<p>Con respecto a Calzada, el 15 de abril de 1.820, se rubrica un convenio entre diferentes vecinos de Calzada (Mart\u00edn Garc\u00eda, procurador s\u00edndico del com\u00fan, Juan Ignacio Andr\u00e9s, apoderado del Concejo y Jos\u00e9 Riesco Herrero, vecino del pueblo). Dicen que:<\/p>\n<div>\n<table border=\"1\" cellspacing=\"20\" width=\"589\" bgcolor=\"#F7E093\">\n<tbody>\n<tr>\n<td>Antonio Pedraz, de Salamanca, ha promovido pleito al Concejo y vecinos de Calzada sobre que le devolviesen el importe de ciertas tierras que el Concejo le vendi\u00f3 o que este se las sanease; cerciorados unos y otros de los grandes gastos que se ocasionar\u00edan de seguir el litigio, se han convenido en devolverse dichas tierras, pero como parte de ellas, fuesen vendidas a dicho Antonio Pedraz por el mencionado Jos\u00e9 Riesco Herrero en mayor cantidad cada huebra que a este se las vendi\u00f3 el Concejo. Convienen en este acto en que dicho Jos\u00e9 Herrero se devolver\u00e1 a las tierras que \u00e9l mismo vendi\u00f3 a Antonio Pedraz con tal que se convenga y ajuste con dicho Antonio y verificado este convenio, el Concejo tomar\u00e1 las restantes tierras y en el caso de que el Jos\u00e9 Riesco no se convenga con Antonio Pedraz, dicho Jos\u00e9 entrar\u00e1 a la parte de todas las tierras en general como uno de los vecinos a la compra de ellas, oblig\u00e1ndose como as\u00ed mismo se obliga el tal Riesco a abonar por s\u00ed solo al Concejo y vecinos la demas\u00eda de maraved\u00edes que vendi\u00f3 las tierras a Antonio en lugar de la cantidad que a \u00e9l le fueron vendidas por el Concejo\u2026.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>Termino este cap\u00edtulo con una pregunta interesante: La Vega, \u00bfse vendi\u00f3 para pagar los gastos de guerra?<br \/>\nNo estoy seguro de que tenga relaci\u00f3n con este cap\u00edtulo, pero yo creo que s\u00ed. Yo planteo el problema y cada uno que opine lo que quiera.<\/p>\n<p>El 28 de mayo de 1.844, Casiano Ledesma, alcalde, Leonardo Blanco, procurador y Santiago Hdez, fiel de fechos, en nombre de todos los vecinos y concejales de Calzada, reciben en renta de Pedro Almaraz e\u00a0<strong>Isabel<\/strong> Marcos, su esposa, los 4 pedazos de era y 5 huebras y media (Debe tratarse de un error y deben ser 25,5 fanegas y 80 estadales) y 80 estadales que tienen en Calzada, por 9 a\u00f1os, desahuciables de 3 en 3, por 35 fs anuales de trigo candeal y siendo el primer pago el 15 de agosto de 1.844 hasta 15-8-1.852.<br \/>\nA primera vista, no parece m\u00e1s relevante que otro arrendamiento cualquiera o una redenci\u00f3n de un censo, explotado en colonia por varios vecinos de Calzada. Pero al relacionarlo con otros datos que poseo, se puede lanzar una interesante hip\u00f3tesis. Estos datos son los siguientes:<br \/>\nEl 4 de abril de 1.849, se realiza un inventario de los bienes de D. Pedro Almaraz, a su fallecimiento. Asisten:\u00a0<strong>Isabel<\/strong> Marcos, su viuda, Juli\u00e1n Almaraz, su hijo y Mariano Olivera, testamentario<br \/>\nSe adjudica a\u00a0<strong>Isabel<\/strong> Marcos una era, valorada en 8.000 rs de 25,5 h y 80 estadales, que linda:<br \/>\nE: era del concejo, S: c\u00ba Valdunciel, N: Hospital del Amparo<br \/>\nSe le adjudican otras fincas en Salamanca, Negrilla y la Vell\u00e9s<br \/>\n<img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.calzadadevaldunciel.es\/web_anterior\/historia\/sigloxix\/imagen\/militar.jpg\" border=\"0\" alt=\"\" width=\"180\" height=\"227\" align=\"left\" \/><br \/>\nEl 18 de enero de 1.856, se realiza la adjudicaci\u00f3n de bienes por parte de Mariano Olivera y Juli\u00e1n Almaraz Marcos, de Salamanca, como testamentarios, contadores y partidores que dej\u00f3 nombrados\u00a0<strong>Isabel<\/strong> Marcos, viuda de Pedro Almaraz, en herencia a Juli\u00e1n, Casilda, Antonio, In\u00e9s, Fco y Juan Almaraz Marcos, como hijos y herederos de\u00a0<strong>Isabel<\/strong>, a raz\u00f3n de 1.500 rs a cada uno<br \/>\nFincas:<br \/>\nLa 6\u00aa parte proindiviso con las 5 restantes de unas eras en Calzada que en total tienen 25 h y 780 estadales. Le deja una sexta parte a cada hijo. Sus linderos:<br \/>\nE: Concejo, S: c\u00ba Valdunciel, W: arroyo del Valle, N: Hosp. del Amparo<\/p>\n<p>A finales de agosto de 1.858, Juli\u00e1n Almaraz y socios, sus hermanos, venden a cada uno de los 90 labradores de Calzada un pedazo de era en la Vega y otro pedazo, muy peque\u00f1o por lo general, al sitio de Aldeanueva. Dice que\u00a0<span style=\"color: #800000;\">los titulares han venido disfrutando de dichas eras en com\u00fan y proindiviso hasta hoy, que han decidido enajenarlas. Aunque esta enajenaci\u00f3n se contrat\u00f3 globalmente, se ha practicado divisi\u00f3n y deslinde por los adquiridores, sin que en ella hayan participado los comparecientes ni responden de sus consecuencias y s\u00f3lo en obsequio de aquellos, han accedido a conceder a cada cual una escritura de la porci\u00f3n que les ha cabido.<\/span><br \/>\nTermina el acta diciendo que:<br \/>\n<span style=\"color: #800000;\">La venta de estas fincas se verifica a favor de cada uno de los labradores en los mismos t\u00e9rminos y bajo las mismas condiciones que las adquirieron y poseyeron los antepasados de los enajenantes por los 12.000 rs en que fueron apreciadas las eras en su totalidad<\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #800000;\"><strong>Crist\u00f3bal Riesco Hern\u00e1ndez<\/strong><br \/>\n<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>I. COMIENZO DE SIGLO. LA GUERRA DE INDEPENDENCIA Mal termin\u00f3 el siglo XVIII, con una importante recesi\u00f3n econ\u00f3mica, aumento de precios, paro, etc. y mal comenz\u00f3 este siglo XIX. 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