La Guerra de la Independencia en Mozodiel y alrededores.

I. COMIENZO DE SIGLO. LA GUERRA DE INDEPENDENCIA

Entrada de Welington en la ciudad de Salamanca

Mal terminó el siglo XVIII, con una importante recesión económica, aumento de precios, paro, etc. y mal comenzó este siglo XIX. A los efectos de la crisis económica del final de siglo, se unió una pésima cosecha que se prolongó durante varios años 1.803-1.804 y por si fuera poco, una epidemia que se extendió hasta el año 1.805, sin olvidar la guerra de Independencia contra los franceses, especialmente gravosa para todos los salmantinos y, sobre todo, para la capital y pueblos cercanos. El ejército francés asignaba un tributo a cada municipio, en función del número de habitantes. El Ayuntamiento se encargaba de su distribución entre los vecinos, lo que originaba tensiones entre los alcaldes y regidores de los ayuntamientos y los propios vecinos. La mejor manera de solventar dichos problemas era que el Ayuntamiento se encargase casi exclusivamente de dichos tributos, para lo cual tuvo que vender una parte de sus bienes. Esta es la vía que eligieron una gran parte de los pueblos de la provincia. En este sentido, he recogido algunos testimonios reflejados en las correspondientes actas notariales, que detallo a continuación.

En el año 1.810, el Concejo de la Vellés toma la siguiente decisión:

A fin de evitar la ruina de la mayor parte de los vecinos, pues agobiado con varios saqueos, tributos, camas, bagajes y otras infinitas exacciones, no podía dar la porción que correspondía para el citado suministro, no vendiendo todos los bueyes y aperos de la labor que le hubiesen quedado, teniendo que dejar el pueblo y casa como ha sucedido con algunos…. Por ello, pide licencia a la Justicia, Intendente y Corregidor de Salamanca, para la venta de algunas fincas.

En virtud de este acuerdo, el Concejo de la Vellés, a través de su representante, vende varias fincas. El 6 de mayo de 1.810 se hace una relación de las fincas vendidas en la Vellés, cuya suma total asciende a 71.312 rs. Y fue sólo el principio. Al año siguiente, y debido al saqueo del pueblo por las tropas francesas en su retirada hacia Toro se producen bastantes ventas más.

El 26 de junio del mismo año, decide hacer lo mismo el Concejo de Arcediano, a la vez que la Vellés continúa con la venta de fincas propiedad del Concejo. Aldeaseca lo hace el 13 de febrero de 1.811. Otro tanto hacen los pueblos de Sanmorales y Aldearrubia en marzo de 1.811.

Pero aún más dramático resulta el testimonio del alcalde y regidores de los Villares de la Reina, quienes el 18 de febrero de 1.812 certifican, a petición del interesado,

la total miseria en que se halla Cristóbal Polo Velasco y la familia de su mujer Manuela Porteros y tres hijos: Juan, Úrsula y Manuel Polo. Dice que debido a la escasez y elevado precio de los productos de primera necesidad (la fanega de trigo sube a cerca de 300 rs), se encuentran en la más absoluta miseria y que no sería extraño que cualquier día aparecieran muertos por la falta de alimento, ya que aunque viven de la limosna de los vecinos, esta no es suficiente.

El 11 de mayo de 1.811, la Regencia envía circular a todas las provincias dando por válidas todas las ventas realizadas por los pueblos hasta la fecha, siempre que su remate no fuese inferior a los 2/3 de su valor, y las prohíbe en adelante sin licencia del Consejo. Por este motivo, los municipios, reunidos en Concejo, solicitan permiso para vender fincas

Otra referencia importante nos la ofrece el 20 de diciembre de 1.815 Antonio Pedraz, de Salamanca, por compras realizadas al Concejo de Forfoleda, para pagar los gastos ocasionados por las tropas. Transcribo textualmente casi toda el acta notarial, porque me parece de gran importancia para conocer lo que sucedía en aquella época:

Habiendo ocupado los enemigos esta provincia, inmediatamente principiaron a exigir tan grandes contribuciones que fue preciso desprenderse (¿) de sus bienes, sus habitantes. Como este era el pueblo más a propósito para hacer tránsitos y provisiones cuando tomaron la plaza de Ciudad Rodrigo, no es posible manifestar el número de tropas y carruajes que aquí se establecieron; al mismo tiempo que se iban reuniendo, iban exigiendo de los pueblos inmediatos cuanto necesitaban, de suerte que con la entrada y retirada de Portugal puede decirse, sin exagerar, que no ha habido otra provincia que más haya sufrido, habiendo quedado pobre y sin esperanza de restablecerse hasta pasados muchos años bien abundantes, cuando es bien notorio que no había otro país más rico ni más afortunado. Estos grandes trabajos pusieron a los pueblos en un estado tan abatido y lastimoso que sus vecinos se vieron precisados a deshacerse hasta de los bueyes de la labor y otros ganados de que dependía su subsistencia y la de sus familias, abandonando la agricultura y haciéndose los más de ellos, unos pobres, carguilleros y jornaleros. Aunque los enemigos veían la suerte que padecían, no por eso dejaban de hacer pedidos grandes y tan continuos que unos se alcanzaban a los otros. Si no se pagaban, salía un destacamento, recogía seis u ocho vecinos de los pueblos más grandes, cuatro de los pequeños y encerrándolos en un sitio hediondo, los tenían sin comer hasta que pagaban y, cuando ya reunidos todos los que no lo habían hecho, en medio de un crecido número de tropas, los conducían a la Real Cárcel de esta ciudad, donde los encerraban como a unos facinerosos y hasta que pagaban el todo de la contribución, no salían. De suerte que estos males hicieron que muchos honrados labradores, padres de familia, perdiesen la vida, dejando una viuda con un crecido número de hijos, que debían pordiosear el sustento. En un estado tan trabajoso, cruel y penoso era preciso proporcionar cuantos recursos fueran dables a efectos de hacer más suaves los males que afligían a la provincia. Todos o los más de los pueblos vieron, que ninguno otro niega, que al enajenar los terrenos concejiles, pues por este medio se daba salida a una propiedad que en manos de un particular sería útil y las poblaciones podían sufrir los males de la guerra por algunos años, pues el enemigo era de esperar, fuese arruinado, por la injusticia con que trataba de tiranizar una potencia religiosa llena de valor y constancia. Deseando que el lugar de Forfoleda no fuese arruinado por no ser un pueblo aquí…. (?)…como en mi propia casa y donde, si no había nacido, al menos donde recibí mi primera educación, y donde tenía todos mis amigos, pues no dista de Monterrubio casi nada, traté de comprar y, en efecto, a ruego de todos los vecinos lo hice, varias porciones de terrenos en diferentes épocas, hasta en cantidad de 94.900 rs que entregué y pagué en dinero metálico habiéndoseme entregado las correspondientes escrituras de venta por ante D. Martín Sánchez Tomé, escribano de este número, que obran en mi poder los originales. En ellas, se obligó el Concejo y vecinos a la evicción y saneamiento, ofreciéndome pagar todos los daños, costas, perjuicios y menoscabos que se me originen, en el caso de que, por algún hecho, se declaren nulas las citadas ventas. Todos los vecinos me dieron infinitas gracias y decían que no sabían con qué agradecerme tan grandes beneficios, pues yo era y había sido a quien se le podía atribuir el que existiese Forfoleda; mis hermanos y parientes vivían llenos de satisfacción…… Las circunstancias dispusieron que yo me sacrificase y a mi familia por amparar a todo el citado pueblo y por este medio llegué a conseguir que me tratasen como a un amigo verdadero y, por lo tanto, me decidí a formar allí una buena propiedad, haciendo crecidos desembolsos y contrayendo grandes débitos. Se fueron los enemigos y al instante formé y establecí una buena labor que envidiaban todos cuantos la veían. Cuando esperaba que todos los expresados continuasen en los mismos agradecimientos, me vi demandado judicialmente para arrancarme una propiedad que tanto dinero, desvelo, trabajo y fatigas me había costado, no dejando de valerse de todo recurso hasta que lo consiguieron, contra todo derecho.
Por ello, nombro procurador para que me represente ante el Consejo de Castilla y demás tribunales de la Corte o, por lo menos, se me devuelva el dinero, ya que las últimas reales órdenes declaran nulas dichas ventas

Las compras realizadas por este señor en Forfoleda se reducen a unos “pocos prados“, que son los siguientes:
– Valdebotija, 30 huebras y 237 estadales
– Las Cochinas, 22 h y 143 estadales. Este y el anterior, por 31.200 rs
– Val de caraValverdón, dividido por el camino de Valverdón, que hace 13,5 fanegas, por 8.100 rs
– Val de remusgoso, de 14,5 h, por 8.700 rs
– Prado redondo y los Labajos, atravesados por el cº Salamanca, entre ambos; hacen 5h y 4,5 celemines, por 3.225 rs
– La Silva y Val de gomete, de 27 h y 4,5 celemines, por 16.375 rs
– Val de S. Gregorio y Val de Salinares, de 26 h, por 15.600 rs
– Val de Juan del Rey y la Vega, de 19 h, por 11.400 rs
– Ocho pedazos de prado a los sitios de: Val de el lira, val de urtado, val de zamorano, val de los alunados, valde Peregimena, el ersal (erial?), a la ontanica y el Budillo (Rudillo?), pegado a la Silva. Todo hace 19 fs, por 11.400 rs

Total: 197 fanegas de prado, a 600 rs la fanega, 118.200 rs. Claro que luego le arrendó los pastos al Concejo de Forfoleda

Es cierto que por Real Decreto, y con algunas limitaciones, fueron declaradas nulas las ventas de fincas realizadas en este periodo. Diremos que no es justo, pero tampoco lo es que sean los labradores y los poseedores de productos para las tropas los que carguen con esa obligación, viéndose en la necesidad de vender a cualquier precio para poder sobrevivir. Quizá la solución tomada por el Gobierno fuera la menos injusta y, por supuesto, la menos traumática. Aún así, no creo que esta deuda dejara en la ruina a Antonio Pedraz, a juzgar por el acta de 23 del mismo mes y año de 1.815 en la que reclama al ejército 40.314 rs en concepto de raciones de pan que en 1.812 suministró a la división al mando de D. Carlos de España.

El Concejo de Castellanos de Villiquera, el 1 de mayo de 1.812, vende
– Un pedazo del prado de la cera, de 4,5 fs
– Un pedazo del Juncal, de 3,5 fs
tasado en 7.300 rs y adjudicado a Fco Pedraza, de Salamanca, por 5.943,24 rs, más cierto agasajo a los concurrentes. Todo ascendió a 6.090 rs.
Fue el único y mayor postorLos Desastres de la Guerra (Goya)

La realidad de que fueron los labradores los que corrieron con la mayor parte de los gastos de la guerra nos la ofrece la siguiente acta, que recoge una demanda entre arrieros y labradores en la Vellés. Transcribo lo que recuerdo a posteriori, pues no copié el acta en el momento de leerla:
El ejército francés exige al pueblo de la Vellés una contribución de muchas fanegas de trigo y cebada (creo recordar que miles) y dinero en metálico. El cura de la Vellés va a ver al General francés a Salamanca y le dice que son ya muchas las exacciones a que han sido sometidos los habitantes del pueblo y que ya no pueden pagarlo, por lo que da orden al Jefe del destacamento situado en la Vellés que le exija esa contribución a los arrieros y gente pudiente, que se niegan. Son encerrados en un corral, bajo una tenada frente al destacamento, hasta que paguen. El cura intercede y comunica a los encerrados la intransigencia del jefe de destacamento, de modo que terminan pagando lo exigido (creo recordar que son los labradores los que aportan el grano en el mes de agosto, que era la mayor parte de la contribución, y los arrieros el dinero, como también el cura)
Con esta fecha, 22 de diciembre de 1.817, los arrieros demandan al Concejo de la Vellés exigiendo el pago o devolución de aquella contribución pagada por ellos. Los labradores dicen que después de aquello, los arrieros desaparecieron del pueblo y algunos se fueron a Salamanca, mientras que los labradores se quedaron y tuvieron que seguir pagando las contribuciones que les iban exigiendo los franceses. En cambio, los arrieros no sólo no pagaron nada más, sino que tuvieron la oportunidad de hacer dinero al prestar sus servicios a ambos ejércitos.

Además de este tipo de necesidades, se podían encontrar otras, añadidas a las anteriores. Por ejemplo, el 5 de octubre de 1.810 afirma un vecino de Mata de Armuña:

Habiéndose repartido a la Mata de Armuña varios carros para el servicio de las tropas españolas, correspondió hacerlo a Pedro González y Fco Alonso, vecinos de la Mata. Estando en la villa de Alba de Tormes con otros carreteros y bagajeros, se aproximaron los ejércitos franceses y de resultas parece que se perdieron dos reses y un carro, por lo que solicitan su pago al Corregidor. Este se lo niega diciendo que corresponde al pueblo, que también se niega, por lo que nombra procurador para esta causa

El 3 de enero de 1.853, varios labradores del Arrabal de la Puerta de Zamora reclaman daños en los sembrados producidos por las tropas del ejército británico en los últimos días de mayo de 1.813, con la última entrada que hicieron en esta ciudad y en los días en que estuvieron acantonadas en la misma las de la Caballería pesada o de la Guardia Real.
Estas actas notariales se refieren a algunos pueblos de Salamanca, bastante cercanos, como la Vellés. Hay otras relativas a pueblos más lejanos, como el saqueo por parte de las tropas francesas de la Iglesia de Yecla de Yeltes. No hay motivo para pensar que en Calzada no sucediera algo similar. Con seguridad que este pueblo también sufrió bastantes necesidades a cuenta de dicha guerra. La ciudad de Salamanca fue invadida tres veces por las tropas francesas, que la ocuparon en los siguientes periodos:

  • De enero a julio de 1.809,
  • de diciembre de 1809 a junio de 1.812
  • desde noviembre de 1.812 a mayo 1.813

Y entre un intervalo y otro estaban las tropas españolas e inglesas, a las que también había que alimentar y vestir. Y pagar impuestos a unos y a otros.
No podemos olvidar la referencia hecha por Agustín en el pregón de Sta Elena el año 1.992 en la que el pueblo de Calzada en 1.810 solicita un préstamo de 3.761 rs al Obispado empeñando para ello la Cruz procesional de plata, debido a las grandes necesidades que pasa el pueblo por el continuo tránsito de tropas acantonadas en Salamanca.

El 20 de enero de 1.810, en Concejo público, como es costumbre, con la asistencia de las personas que se citan: alcalde, regidores y vecinos de Calzada (en total unos 80), dicen que:

Al hallarse el pueblo en el mayor apuro, por no tener medios para satisfacer la considerable suma de 84.345 rs a que ascienden los pedidos de trigo y cebada, reses y otros artículos que se habían hecho al pueblo por las tropas, incluidos 15.480 rs importe de 22 bueyes y 13 carros de particulares que se han perdido y extraviado en los diferentes tránsitos, a que los ha llevado de bagajes, pues de 750 fs de cebada y 1.173 de trigo pedidas, reguladas aquellas a 25 rs y estas a 30 ó 31 rs suministrados y gastados en el pueblo, valorados en 15.225 rs. La mitad de los granos de ambas especies han sido entregados de los que pertenecen pagante a varios señores interesados o dueños de terreno aforado y lo demás se tiene que traer a esta ciudad para completar los pedidos susodichos que de ningún modo podrá realizarse ni el pago de dicha mitad a los señores acreedores ni hacerse con el resto para completar el suministro pedido por falta de medios a causa de que la penuria de los tiempos y las malas cosechas han puesto a este vecindario en la mayor miseria y calamidad, a menos que se conceda la competente licencia para enajenar y vender 80 ó 100 fs de tierra de labor llamadas los quiñones concejiles, situadas en el término del propio lugar, con cuyo importe se podrá pagar a los acreedores y acabar de comprar lo que falta para completar los pedidos, satisfacción a los dueños de las reses suministradas y a los de las perdidas a …….. de carros y bueyes, en lo que no sólo lograría el pueblo un grande beneficio, sino que el servicio público y principal atención de las tropas se vería realizado sin gravar al pueblo y pobres particulares, que si se tuviera que exigir por repartimiento, no podría juntarse el total ni quedaría vecino alguno sin la más absoluta ruina. Por lo mismo y para entablar el…. Que al intento puedan convenir por mando y medio del Sr Intendente de dicha capital y provincia, otorgaban que deben y conferían poder a José Riesco Herrero y José Valle, alcalde y procurador de este nuestro pueblo para que en nombre y representación de todos los vecinos se presente ante el Sr Intendente y solicite se les conceda la competente licencia para la enajenación y venta de la dicha porción de tierra de quiñones para atender con su importe a los fines mencionados……

Es la vía seguida por algunos pueblos: vender terreno aforado, quiñones. No debemos olvidar que los Concejos no son dueños de tales quiñones, por lo que parece imposible que pudieran realizar su venta. Sin embargo, lo que hacían era gravar el foro o censo del resto de los quiñones no vendidos para compensar el que no reciben por estos. El dueño del terreno aforado recibiría el mismo censo, que al fin y al cabo es lo que importaba.
Un año más tarde de la firma del acta anterior, el 14 de octubre de 1.811, aparece una demanda de todos o casi todos los vecinos de Calzada contra José Valle sobre los maravedíes que le pide el Concejo, pues dice que ha tenido en su casa toda la oficialidad de los destacamentos que ha habido en dicho pueblo de Calzada y que tiene adelantado por el mismo Concejo también en los años 1.809 y 1.810
Al mes siguiente, José Valle reclama al Concejo la cantidad de 1.700 rs que afirma adeudarle el Concejo de Calzada, por la causa antes indicada, a razón de 10 rs diarios, como dice que estipuló el Concejo
No he encontrado ninguna finca vendida en virtud del acuerdo anterior de 20 de enero de 1.810. Seguramente, alguna se vendió.
El 24 de abril de 1.812, Baltasar Escribano y Fco Santos, alcalde y procurador síndico personero, respectivamente, de Calzada, dicen que:

Hallándose el vecindario tan agobiado con las continuas cargas y contribuciones que se le han impuesto y están imponiendo para el suministro de las tropas en esta capital como para las transeúntes por el mismo pueblo y puntos inmediatos donde se colocan y establecen destacamentos que apenas pueden ya subsistir cuanto más para atender a lo sucesivo a cubrir sus cupos, no teniendo otros medios ni arbitrios de que hacerlo para evitar los apremios militares y extorsiones que los mismos soldados les causaron en sus cortos bienes que les han quedado y los que resultarán contra las mismas personas de uno y otro sexo que el de enagenar algunas fincas concejiles, acordaron unánimemente todos los vecinos juntarse en público ayuntamiento, según costumbre y tratar en él lo que fuese más conveniente para salir de tan tristes apuros. Y convinieron se enagenaran algunas fincas concejiles para atender con sus importes a las cargas y contribuciones que se les están pidiendo y conferir poder en forma para hacer el ajuste y convenio con que pudiesen concertarse para otorgar a su favor la correspondiente escritura o escrituras de venta según que todo ello más por menor consta del poder que sigue: …

Reunido el concejo de Calzada, con la mayoría de sus vecinos, acuerdan dar poder a Baltasar Escribano y Fco Santos para realizar esta venta en nombre del Concejo.
Así, vende 3 tierras concejiles a Antonio Pedraz y esposa Bernabela Isidro:
– Corderas, 3h y 246 estadales, de 1ª calidad
E: Beneficio de Calzada, S: Qñ, N: Cabildo, W: Qñ
– Rodera, 3h y 320 estadales, 1ª calidad
E: Colegio extinguido de los Ángeles, S: mayorazgo Fco Ordóñez, que administra D. Fco Moral, N y W: Qñ
– Prado a los praizales, 1h y 194 estadales, calidad de prado
E: Penitencia, S: mayorazgo del marqués de la Liseda, que administra el citado Moral, N: José Riesco Terrero, W: colegio extinguido de los Ángeles

Por un precio de 10.680 rs, a razón de 1.200 rs la fanega

Días después, se venden 2 tierras y un prado, todo hace 6,5 fs en Calzada a Antonio Pedraz, a 1.450 rs la fanega, ajustado y convenido con José Riesco Herrero, vecino y arrendatario del despoblado de Casablanca:
– cº aceña, 2h y 326 est.
E: cº aceña, S: marqués de Liseda, W: Concejo, N: Mesa Capitular de Santiago
– praizales, 2 h y 243 est.
E: Vicente Méndez, Mozodiel, S: Concejo, W: Col. Extinguido los Ángeles, N: col. Extinguido de Mínimos, extramuros de Salamanca
– prado de Aldeanueva, 1h y 31 est.
E: prado Felipe García, S: arroyo que baja de Aldeanueva, W: cº Topas, N: t. monjas del Corpus
Dicho José Riesco las traspasa a Antonio Pedraz por 9.425 rs

El 29 de mayo de 1.812, se produce la venta de 4 tierras concejiles en Calzada a Antonio Pedraz, todas por 12.000 rs, las tres enunciadas anteriormente y la que sigue:
– Pizarra, 1.312 est, I
E: Isabel Tardáguila, de Mozodiel, S y N: José Blanco, W: Mitra

Antonio Pedraz realizó compras también en Aldeaseca, Valdelosa y los Villares, al menos. No me extrañaría que hiciera también numerosas compras en la Vellés y otros pueblos. Y todo salió de la venta de raciones de pan a las tropas
No obstante, los gastos ocasionados por las tropas fueron origen de varios problemas entre los vecinos de Calzada. Por ejemplo, el 8 de octubre de 1.808, Catalina Ramiro, esposa de José Valle, de Calzada, dice que el año pasado en que su marido fue alcalde, parece que en las cuentas que tuvo a su cargo por todos, se le hizo responsable de cierta cantidad de maravedíes, a cuyo pago, por decisión de esta Intendencia, ha procedido la Junta actual por embargo general de todos sus bienes, sin excepción: sembrados, ganados de labor, cuya venta, previa tasa se trata de ejecutar si ser ajustada a su verdadero valor. Nombra procurador para que se le devuelvan los bienes dotales porque no deben ser embargados.
El acta que sigue nos da una idea del coste de la guerra en el pueblo de CalzadaLos Desastres de la Guerra (Goya)

El 7 de enero de 1.821 convocado el Concejo a campana tañida, como es costumbre, el Ayuntamiento y vecinos que se citan (todos, salvo algunos enfermos e impedidos) dicen: Que entre 1.808 y 1.814 entregaron a las tropas el equivalente a 123.444 rs y 33 maravedís que el Concejo quiere cobrar para dedicarlo a pagar sus débitos. Por ello, nombran a José Ramiro como representante del pueblo en esta tarea

Días después, este representante confirma la deuda del ejército para con el pueblo de Calzada:
Según resulta de los bonos entregados por los respectivos jefes de dichas tropas y de la liquidación hecha, que se remitieron a la Contaduría general del ejército para su nueva liquidación…Para practicar las diligencias tendentes al cobro, se da poder a D. Diego Miguel Díez, procurador de causas de Valladolid
Algo debió cobrar, pues el 9 de febrero de 1.824, reunidos por una parte: Antonio Riesco, Casiano Ledesma, Manuel Fonseca, José Herrero, Agustín Riesco, Juan Ignacio Andrés, Andrés Villanueva y José Ramiro, vecinos de Calzada y de otra parte: José Rincón, de la Mata de Armuña y Juan Baquero, de Castellanos de Villiquera. Dicen que:

Que por el poder que obtuvieron los dos últimos de los Concejos de la Mata, Valdunciel, Cardeñosa, Topas, Villanueva de Cañedo, Cañedino, Huelmos, Santibáñez, Casablanca, S. Pelayo, Palacinos, Forfoleda, Valverdón, Valcuevo y Castellanos de Villiquera para reclamar de los vecinos de Calzada la cantidad de 10.500 rs que al Concejo de este pueblo le fueron abonados en la tesorería de esta provincia por los suministros que habían hecho a las tropas, exigiéndolos antes de los pueblos asociados de que va hecho mérito, con cuyo motivo, el año pasado de 1.821 por los citados apoderados se acudió al Juzgado de 1ª Instancia de Ledesma solicitando el reintegro de los 10.500 rs en virtud de la escritura que los comparecientes otorgaron en 21 de setiembre de 1.821, el que se siguió hasta la citación de remate, y como luego, por el actual Gobierno ha quedado sujeto el pueblo de Calzada a la jurisdicción del Sr. Alcalde Mayor de esta ciudad, se acudió a este por testimonio del presente Escribano y fue expedida contra dicho Antonio Riesco y consortes la correspondiente ejecución embargándoles bienes, y dados que fueron los pregones, por parte de estos se hizo oposición, haciendo cierta prueba en cuyo estado unos y otros otorgantes por sí y como tales apoderados propusieron medio de transacción relativa a que en lugar de los 10.500 rs que se reclamaban, quedase reducida la deuda a la de 7.350 rs pagándose en los plazos y términos que más adelante se expresarán y con efecto, dado el correspondiente parte por los apoderados a los Concejos asociados, estos han venido en acceder a dicha transacción en virtud de los poderes que se unirán al expediente de que va hecho mérito y a mayor abundamiento por el de Valdunciel, donde se celebró el convenio; Forfoleda y la Mata asistieron a él y se formalizó según resulta extensamente del documento que sigue: ……

El documento que se inserta recoge el compromiso de pagar 7.350 rs en lugar de los 10.500 rs, por parte de los vecinos de Calzada, antes dichos en los términos siguientes:

  • 3.200 rs en el acto, que yo como escribano doy fe
  • 4.150 rs repartidos del siguiente modo: 2.000 para el 15 de abril próximo y 2.150 rs para el 30 de agosto

Parece que los vecinos de Calzada entienden que son los representantes del Ayuntamiento los que se han quedado con el dinero, pues Agustín Riesco, Manuel Fonseca y Casiano Ledesma dan poder, porque dicen que por Eusebio Ramiro, Juan Aguadero y Manuel Gómez, en nombre del pueblo, se les ha demandado reclamando 3.505,30 rs que dicen deber al Concejo y vecinos de dicho pueblo, correspondientes a los años en que han sido alcaldes, por las cuentas de sus mandatos
La respuesta a esta denuncia contra el Concejo de Calzada, puede ser la siguiente acta, de fecha 9 de abril de 1.826, en la que Eusebio Ramiro, Juan Aguadero y Manuel Gómez dicen que:
En los años pasados de 1.819 y 1.820 se les acusa de que están adeudando al común y vecinos de Calzada, varias cantidades procedentes de suministros hechos y que le fueron abonados por esta tesorería, de cuyas cantidades otorgaron la correspondiente obligación y no habiendo concluido dicho adeudo, el Concejo dio facultades a los comparecientes para que reclamasen dicho adeudo
(El Concejo les concede poder de representación a ellos quienes, en este protocolo, nombran procurador para este caso).
Y ya en junio de 1.827, deciden zanjar al asunto: Manuel Gómez, alcalde, Juan Aguadero y Eusebio Ramiro, vecinos de Calzada, apoderados del Concejo, exhiben el siguiente poder:

Manuel Gómez, Juan Aguadero y Eusebio Ramiro, por una parte y Manuel Fonseca, Agustín Riesco y Casiano Ledesma por otro, dicen que en el tribunal del alcalde mayor de Salamanca, se sigue expediente promovido por los primeros en nombre y representación del Concejo contra los segundos sobre pago de 3.505,63 rs, procedentes del alcance de cuentas en que fueron alcaldes dichos Manuel Fonseca y Casiano Ledesma en 1.819 y en 1.820 lo fue Agustín Riesco. Dado que es un litigio complicado y de dudoso éxito, del que se seguirían grandes perjuicios para todos y enemistades entre convecinos, han decidido nombrar a 2 señores jueces árbitros que determinen sobre este asunto. Nombran al Ldo D. Bartolomé Solís Barragán y al Dr. D. Toribio Parfondri, del Gremio y Claustro de esta Real Universidad, ambos abogados del Colegio de esta ciudad, el 1º nombrado por el Concejo y vecinos y el 2º por los otros…., que dictaminarán en el plazo de 2 meses, a contar desde la notificación

A juzgar por las estafas y engaños que hubo en los cobros de estos suministros, dudo mucho que el pueblo de Calzada cobrase los suministros reclamados. Quizá tuvo que conformarse con los 10.000 rs a los que nos hemos referido anteriormente, repartidos entre los pueblos citados. Como le sucedió a La Mata de Armuña, que en septiembre de 1.842 firma un acta en la que dice:

El alcalde, regidor y procurador síndico de La Mata da poder a Fco Javier González para que active la liquidación de suministros a las tropas en tiempos de la guerra de Independencia, que se hizo por reparto vecinal y habiéndose presentado en tiempo legal, no se ha recibido contestación

Quizá fuera una casualidad que algunos de los grandes compradores en las desamortizaciones posteriores fueron intermediarios en el cobro de estos suministros. Me pregunto si también es casualidad que a primeros de marzo y abril de 1.817 y primeros de enero de 1.818, varios pueblos de Salamanca solicitaron préstamos de granos a personajes antes citados, Fco Pedraza y Fco Javier González. Es cierto que todos los años hay préstamos de granos a labradores, pero estos dos años no fueron los préstamos habituales de granos. Se concentraron en unos pocos pueblos y en una cuantía nada normal y que detallo a continuación:

Préstamos concedidos por Fco Pedraza en 1.817

fecha Municipio Fanegas de garrobas Precio por fanega (rs)
6 de marzo Castellanos de V. 25 41
11 de marzo Villares 16 41
15 de marzo Villaverde 11 41
17 de marzo Parada de Arriba 5 41
18 de marzo Barbadillo 18 41
20 de marzo Calzada de Valdunciel 17 42
23 de marzo Arcediano 6 43
27 de marzo Castellanos de V. 8 44
1 de abril Villares 16 44
1 de abril Carbajosa de la S. 12 44
8 de abril Parada de Arriba 3 44
19 de abril Carbajosa de la S. 27,5 44

 

Más cuantiosos son aún los préstamos de granos producidos en 1.818:

Préstamos concedidos por Fco Javier González el 7 de enero de 1.818

Nº de préstamos Fanegas de trigo Fanegas de garrobas
Calzada de V. 12 314 175
Castellanos 5 173 99
Forfoleda 1 24
Villamayor 3 84 24
Valverdón 8 115 22
Muelas 2 27 53
Pino 1 108 13

Hay otros pocos pueblos que recibieron granos prestados en este mismo mes, aunque de otros prestamistas. En ningún caso se aproximan a las cantidades prestadas por este señor a los labradores de los municipios expresados en la tabla anterior. Los pueblos que reciben estos préstamos de granos son: Aldeatejada, Monterrubio, Mozodiel, Tardáguila…A la vista de estos datos hay dos cosas que me llaman poderosamente la atención:
– La cercanía a Calzada de todos estos pueblos. Ello hace considerar la posibilidad de una catástrofe local muy restringida que arruinó las cosechas de la zona en 1.817.
– La gran cantidad de garrobas que se piden en Calzada, Castellanos y Florida de Liébana (vulgo, Muelas), comparado con el resto de los pueblos

Antes afirmaba que las ventas realizadas por los Ayuntamientos para pagar los gastos de guerra fueron declaradas nulas
El Real Decreto al que antes aludía es de fecha 21 de diciembre de 1.821 y declaraba nulas las ventas de propios, comunes y baldíos hechas por los pueblos que no reuniesen las condiciones

– justa causa de necesidad para atender las urgencias de la guerra;
– tasación pericial previa de su valor en renta y venta;
– subasta pública
– precio de remate igual o superior a los 2/3 de su tasación.
Todas aquellas en que hubiese intervenido ‘dolo o fraude’ se devolverían a los pueblos, validándose el resto, y facultando a los ayuntamientos para cubrir sus déficits, para repartir terrenos, cerrar tierras de pan llevar, acotar pastos comunes o plantar viñas con el debido expediente.

Acogiéndose a este Real Decreto, los Concejos de Castellanos de Villiquera, Forfoleda y Calzada, como seguramente muchos otros, demandaron a los que les compraron tierra durante la guerra con los franceses.
Ya hemos visto la demanda de Forfoleda, cuyo resultado, posiblemente parcial, fue la devolución en abril de 1.821, de los prados de Labajos, Redondo y Cochinas, por 16.400 rs a pagar en 7 años, desde 8-9-1821 hasta 1.827, a razón de 2.342,29 rs al año.
En abril de 1.827, tras el litigio abierto entre Vicente Montes y el Concejo de Villamayor por compra que hizo al Concejo para la roturación del prado de las Herradas y el Salinar, para subvenir los gastos ocasionados por la guerra de Independencia. Al haberse declarado nulas, el Concejo acuerda devolverle el dinero pagado más los gastos, costas y perjuicios. Total: 11.950 rs a pagar:
2.500 rs en este acto
3.000 rs el 8-9-1.827
3.300 rs el 8-9-1.828
3.150 rs el 8-9-1.829

Con respecto a Calzada, el 15 de abril de 1.820, se rubrica un convenio entre diferentes vecinos de Calzada (Martín García, procurador síndico del común, Juan Ignacio Andrés, apoderado del Concejo y José Riesco Herrero, vecino del pueblo). Dicen que:

Antonio Pedraz, de Salamanca, ha promovido pleito al Concejo y vecinos de Calzada sobre que le devolviesen el importe de ciertas tierras que el Concejo le vendió o que este se las sanease; cerciorados unos y otros de los grandes gastos que se ocasionarían de seguir el litigio, se han convenido en devolverse dichas tierras, pero como parte de ellas, fuesen vendidas a dicho Antonio Pedraz por el mencionado José Riesco Herrero en mayor cantidad cada huebra que a este se las vendió el Concejo. Convienen en este acto en que dicho José Herrero se devolverá a las tierras que él mismo vendió a Antonio Pedraz con tal que se convenga y ajuste con dicho Antonio y verificado este convenio, el Concejo tomará las restantes tierras y en el caso de que el José Riesco no se convenga con Antonio Pedraz, dicho José entrará a la parte de todas las tierras en general como uno de los vecinos a la compra de ellas, obligándose como así mismo se obliga el tal Riesco a abonar por sí solo al Concejo y vecinos la demasía de maravedíes que vendió las tierras a Antonio en lugar de la cantidad que a él le fueron vendidas por el Concejo….

Termino este capítulo con una pregunta interesante: La Vega, ¿se vendió para pagar los gastos de guerra?
No estoy seguro de que tenga relación con este capítulo, pero yo creo que sí. Yo planteo el problema y cada uno que opine lo que quiera.

El 28 de mayo de 1.844, Casiano Ledesma, alcalde, Leonardo Blanco, procurador y Santiago Hdez, fiel de fechos, en nombre de todos los vecinos y concejales de Calzada, reciben en renta de Pedro Almaraz e Isabel Marcos, su esposa, los 4 pedazos de era y 5 huebras y media (Debe tratarse de un error y deben ser 25,5 fanegas y 80 estadales) y 80 estadales que tienen en Calzada, por 9 años, desahuciables de 3 en 3, por 35 fs anuales de trigo candeal y siendo el primer pago el 15 de agosto de 1.844 hasta 15-8-1.852.
A primera vista, no parece más relevante que otro arrendamiento cualquiera o una redención de un censo, explotado en colonia por varios vecinos de Calzada. Pero al relacionarlo con otros datos que poseo, se puede lanzar una interesante hipótesis. Estos datos son los siguientes:
El 4 de abril de 1.849, se realiza un inventario de los bienes de D. Pedro Almaraz, a su fallecimiento. Asisten: Isabel Marcos, su viuda, Julián Almaraz, su hijo y Mariano Olivera, testamentario
Se adjudica a Isabel Marcos una era, valorada en 8.000 rs de 25,5 h y 80 estadales, que linda:
E: era del concejo, S: cº Valdunciel, N: Hospital del Amparo
Se le adjudican otras fincas en Salamanca, Negrilla y la Vellés

El 18 de enero de 1.856, se realiza la adjudicación de bienes por parte de Mariano Olivera y Julián Almaraz Marcos, de Salamanca, como testamentarios, contadores y partidores que dejó nombrados Isabel Marcos, viuda de Pedro Almaraz, en herencia a Julián, Casilda, Antonio, Inés, Fco y Juan Almaraz Marcos, como hijos y herederos de Isabel, a razón de 1.500 rs a cada uno
Fincas:
La 6ª parte proindiviso con las 5 restantes de unas eras en Calzada que en total tienen 25 h y 780 estadales. Le deja una sexta parte a cada hijo. Sus linderos:
E: Concejo, S: cº Valdunciel, W: arroyo del Valle, N: Hosp. del Amparo

A finales de agosto de 1.858, Julián Almaraz y socios, sus hermanos, venden a cada uno de los 90 labradores de Calzada un pedazo de era en la Vega y otro pedazo, muy pequeño por lo general, al sitio de Aldeanueva. Dice que los titulares han venido disfrutando de dichas eras en común y proindiviso hasta hoy, que han decidido enajenarlas. Aunque esta enajenación se contrató globalmente, se ha practicado división y deslinde por los adquiridores, sin que en ella hayan participado los comparecientes ni responden de sus consecuencias y sólo en obsequio de aquellos, han accedido a conceder a cada cual una escritura de la porción que les ha cabido.
Termina el acta diciendo que:
La venta de estas fincas se verifica a favor de cada uno de los labradores en los mismos términos y bajo las mismas condiciones que las adquirieron y poseyeron los antepasados de los enajenantes por los 12.000 rs en que fueron apreciadas las eras en su totalidad

Cristóbal Riesco Hernández

 

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